Empezamos con esta sección tan útil para el ejercicio eficaz de nuestra profesión que debe mantenerse día a día, mediante la constante actualización de los textos legales. En el entendido que esta sección servirá como una guía de consulta de carácter meramente informativa, tendremos además el propósito de que las entradas de reformas serán enunciativas mas no limitativas, debido a que será siempre el Diario Oficial de la Federación y el Periódico Oficial del Estado los únicos medios de publicación impresos a los se deben remitir para los efectos legales correspondientes.
Cada reforma legal que se de a conocer en este blog se hará mediante entradas como ésta, donde se indicará la referencia o contenido del texto legal reformado y podrá o no contener, si la posibilidad técnica lo permite, el enlace donde puedan accesar solo desde este mismo sitio blog de maestrolegal, directa e inmediatamene con la fuente de la reforma, sea la página web del sitio oficial de alguna dependencia del Gobierno o del propio Diario o Periódico Oficial correspondiente o alguna otra página a la cual se les remita para su consulta mediante este sitio blog de maestrolegal.
Además si el sitio lo permite, podrán descargar el contenido de la reforma, ya sea parcial o totalmente de la legislación de que se trate.
Se crea en la columna lateral derecha de este blog, el apartado REFORMAS LEGALES donde encontraras el acceso directo a la fuente, haciendo más ágil tu experiencia web como un beneficio más para nuestros lectores. En el entendido que la fuente aparecera enlazada con este blog, mientras el sitio donde proviene lo mantenga publicado.
Con ese próposito les menciono que durante los meses de Mayo y Junio del presente año 2009, se encontraron importantes cambios en la legislación penal y constitucional.
EN MATERIA CONSTITUCIONAL FEDERAL.
POR NUEVA GARANTIA INDIVIVIDUAL.
- Se adiciona como un derecho subjetivo público la protección de datos personales (Véase el contenido de la reforma en el apartado REFORMAS LEGALES de este Blog, el enlace marcado como CPEUM-1)
POR NUEVAS FACULTADES DEL CONGRESO DE LA UNION.
- Se establece entre otras la expedición de una Ley General en Materia de Secuestro. (véase la reforma dentro del enlace en REFORMAS LEGALES identificada como CPEUM-2)
EN MATERIA CONSTITUCIONAL LOCAL.
POR CAMBIOS EN GARANTIAS INDIVIDUALES DEL ESTADO NUEVO LEON.
- Indica que la pena debe ser proporcional al delito que sancione el bien juridicamente tutelado (vease enlace identificado como DECRETO 373).
- Se regula el nuevo régimen de extincion de dominio, señalando que no se considerará como confiscación de bienes y se establece la reglas de su procedimiento (Vér apartado de reformas legales identificado como DECRETO 373).
EN MATERIA PENAL DEL ESTADO DE NUEVO LEON.
POR CAMBIOS EN LAS PENALIDADES:
- DELITO DE FALSIFICACION DE DOCUMENTOS PRIVADOS Y PUBLICOS. Se distinguen ahora dos penalidades dependiendo si se trata de documentos públicos o privados. (Consulte el texto en el apartado REFORMAS LEGALES marcado como DECRETO 376).
- DELITO DE FALSEDAD EN DECLARACIONES E INFORMES DADOS A UNA AUTORIDAD. Se aumenta la pena en los casos que se especifica (véase el contenido de la reforma como DECRETO 376 en el apartado de REFORMAS LEGALES del blog).
- DELITO DE DIFAMACION. Ahora ya es de pena alternativa (DECRETO 387)
POR CREACION DE NUEVA DESCRIPCION TIPICA:
- DELITO DE FALSEDAD A UNA AUTORIDAD MEDIANTE EL USO DE INTERNET, COMUNICACIONES TELEFONICAS O CUALQUIER OTRO MEDIO ELECTRONICO. Ahora ya no se requerirá de protesta legal previa en estos supuestos (Consulte el texto en el apartado REFORMAS LEGALES marcado como DECRETO 376)
POR VARIACION DEL TIPO.
- DELITO DE ESTUPRO. Se contempla un cambio en la descripción del tipo, incluyendose ahora tanto al hombre como a la mujer como sujetos pasivos. (Véase el apartado de REFORMAS LEGALES marcado como DECRETO 380).
- DELITO DE SUSTRACCION DE MENORES. Cambios en algunas especificacones del tipo (véase el apartado de reforma como DECRETO 381)
Si estas dentro de este sitio de ESFUERZATE POR TU PROFESION DE ABOGADO, ingresa al decreto correspondiente dentro de la columna lateral derecha, donde dice REFORMAS LEGALES RECIENTES NUESTRA NUEVA SECCION, si no estas en el sitio, accesa haciendo CLICK AQUI para que ingreses al mismo de manera directa e inmediatamente, además encontraras mayor información de tu interes.
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